sábado, 20 de febrero de 2010

ASAMBLEA DE AFILIADOS 27/02/2010

A TODOS LOS AFILIADOS

Se os convoca el próximo sábado, dia 27 de febrero del 2010 a una asamblea que tendrá lugar en las instalaciones de la empresa.

LUGAR: Comedor de FASE 1.
HORA: 10’30.

ORDEN DEL DIA

-Situación de la Empresa
-Ejecutiva Sección Sindical
-Varios.

Dada la importancia se ruega la máxima asistencia y puntualidad.




Saludos.

ULTIMA PROPUESTA DEL COMITE

ACUERDO CESES VOLUNTARIOS CON REINCORPORACION ASEGURADO

Representación de la Empresa:

Eduardo Jaklitsch, Carlos Jiménez
Mariano Julià Rosa Jiménez

Comité de Empresa:

Fco. Javier Sinues, José Martin, Aurelio Chilleron, Eugenio López, Mª Antonia Bernat, Luís Díaz, Jerónimo Ramírez, Luis Rodríguez, Fernando Garriga, Rafael García, Juan Jesus Pérez, David Puerto, Daniel Quintana, F Quesada, Marcos Martin, JM Tavira y Alberto Villalba.

Reunidos en sus respectivas representaciones de la Empresa ESSA Palau S.A. y de los trabajadores, para tratar el punto de ceses voluntarios con reincorparación asegurada del Expediente de Regulación de Empleo (2746/09), se acuerda lo siguiente:


1- Entre el trabajador y la empresa se pacta una extinción del contrato de trabajo con reincorporación asegurada a los 18 meses con las siguientes condiciones, para el personal que voluntariamente así se adhiera:
El cese se producirá mediante un expediente de extinción de empleo pactado en el Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya para así ofrecer las mayores garantías de retorno y la posibilidad de recuperación de 120 días del desempleo, según lo previsto en la legislación vigente.

Este expediente únicamente será presentado en el Departament de Treball en el caso que aparezcan entre la plantilla un mínimo de 30 trabajadores voluntarios para adherirse a esta opción de cese con retorno asegurado.

2-Se establecen las siguientes indemnizaciones, todas ellas deberán ser con tablas salariales actualizadas.

Indemnización al trabajador de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, siendo el salario día máximo de 73,74 €, y la indemnización máxima de 26.915,10 €, que el trabajador deberá devolver en el momento de su reingreso a los 18 meses. La empresa abonará al trabajador esta indemnización en la fecha en que se extinga el contrato de trabajo junto con la parte proporcional de pagas extras y vacaciones, cuantías que se podrán abonar al trabajador en 3 meses tras la extinción del contrato.

Indemnización mensual, que se producirá en cada uno de los 18 meses de duración de la extinción del contrato, de la diferencia entre la cuantía bruta de la prestación por desempleo mensual que tiene reconocida el trabajador y el 85% del salario mensual neto del mismo. Esta indemnización se efectuará con independencia de la situación laboral en la que se encuentre el trabajador.

La fórmula del salario neto diario del trabajador será igual a:
(retribución bruta anual / 420) x 30 - % IRPF correspondiente.

El salario bruto anual será igual a la totalidad de conceptos salariales y sus respectivas cuantías en situación de normalidad, no viéndose afectada las cuantías por ningún expediente de regulación temporal de empleo.

3-La empresa, en caso de no reincorporar al trabajador a los 18 meses, reconoce el despido como improcedente a todos los efectos, quedando la indemnización acotada en los siguientes términos:

Indemnización de 45 días por año trabajado con un máximo de 35 mensualidades en caso de no dar de alta al trabajador en la Tesorería General de la Seguridad Social en la empresa ESSA Palau S.A. o en la empresa que independientemente exista en caso de cambio de denominación social, forma jurídica o subrogación de la misma, a los 18 meses posteriores a la extinción del contrato.
La fórmula de cálculo de esta indemnización será:
(retribución bruta anual / 360) x número de días generados en función de la antigüedad (límite de 1050 días)

El salario bruto anual será igual a la totalidad de conceptos salariales y sus respectivas cuantías en situación de normalidad, no viéndose afectada las cuantías por ningún expediente de regulación temporal de empleo.

El trabajador tras recibir esta última indemnización de 45 días por año trabajado con un límite de 35 mensualidades, firmará el finiquito.


4-Al final del periodo de 18 meses, si el trabajador no se reincorpora a la empresa por su propia voluntad, se desvinculará sin ningún compromiso con la empresa, renunciando el mismo al derecho de reincorporación asegurado. El trabajador en este caso no deberá devolver ninguna indemnización percibida.

5-El trabajador se reincorporará a los 18 meses a su puesto de trabajo en ESSA Palau S.A. si ésta no ha cambiado de denominación social o a la empresa que ESSA Palau S.A. se subrogue si se produjera esa circunstancia. En cualquier caso el trabajador se reincorporará a la empresa sita en Palau-solità i Plegamans que actualmente se denomina ESSA Palau S.A. o en la localidad donde se continúe la actividad de ESSA Palau SA.

6-En el supuesto que se genere algún tipo de cargas fiscales para el trabajador por la firma de este acuerdo, la empresa se hará cargo de la totalidad del coste económico de las mismas, por lo que la empresa deberá abonar al trabajador las cantidades que Hacienda le pudiera reclamar.

7-El trabajador se reincorporará al trabajo en un puesto igual o similar al que tenía en momento del cese. Asimismo el trabajador mantendrá tras su reincorporación igual categoría, grupo profesional, antigüedad y salario en todos sus conceptos y cuantías a todos los efectos. Las cuantías serán actualizadas y puestas al día en el momento de la reincorporación según las tablas salariales vigentes que refleje el convenio colectivo provincial y la mejora de convenio de ESSA Palau SA.

8-En caso de cierre de la empresa ESSA Palau S.A., durante los 18 meses en los que se extinguirá el contrato, el trabajador tendrá los mismos derechos que los trabajadores en activo de la empresa para recibir la misma indemnización.

9-En caso de subrogación de la empresa ESSA Palau S.A., o cualquier otra situación (por ejemplo Procedimiento Concursal) durante los 18 meses en los que se extinguirá el contrato, el trabajador tendrá los mismos derechos que los trabajadores en activo que sean subrogados.

10-La empresa se reserva el derecho de retorno anticipado del trabajador si hay necesidad por recuperación de cargas de la empresa ESSA Palau S.A. sita en Palau-solità i Plegamans, con un preaviso de 30 días.

No se podrá recuperar a ningún trabajador mientras existan trabajadores de su sección afectados por un expediente de regulación de suspensión de empleo.

11-El trabajador que se acoja a esta medida de cese con reincorparación asegurada, no podrá ser despedido mediante un despido objetivo o procedente durante los siguientes 12 meses de la fecha de su reincorporación.


Las personas interesadas en este plan tendrán que hacerlo antes del día 15 de marzo del 2010
En Palau-Solità i Plegamans, 19 de febrero de 2009

miércoles, 17 de febrero de 2010

REUNION 16/02/10

1. Nuevo Volvo y CR04:

El nuevo Volvo ira ubicado en la actual celula Rbvol, la cual se remodelaria para poder fabricar todo lo que se hace ahí mas el nuevoparachoques de Volvo, el antiguo muere en 6 meses. La carga de trabajo de Volvo abarcará faena de Soldadura (30 horas/dia), Planchisteria (30 horas/dia) supone una carga de mano de obra aproximada para 4 soldadores y 3 planchistas, Estampación (100 horas mensuales) para las lineas 0,1, 3 y 9.

En la actual ubicación de la CR04 ira ubicado el repaso manual del nuevo Volvo. La fase de puntos ira ubicada en la celula donde se suelda el piso del X-83.

La CR04 se quiere aprovechar para una faena de Ford (apoyabrazos) que se hará en Chequia y que supone una carga de trabajo de 6 horas/dia.
La dirección general nos comenta una serie de proyectos en los que se está trabajando y que podrian venir (PSA, Magna, Nissan).

2. Inaplicación Salarial y tablas 2010:

La empresa nos emplaza a una reunión para el 9 de marzo donde dispondrán de datos para darnos respuetas.

3. Movimentos de personal de Grupo a Essa Palau y viceversa:

La empresa nos lo vende como cambios organizativos normales en la compañia, a lo que el comite muestra su total disconformidad y manifiesta su intención de actuar para revertir esta situación.

4. Arbucies:

Nos informan de la adquisicion por parte del sr. Bonet de la planta de Cyse en Arbucies, tienen la intención de enviar a personal a cubrir unas necesidades de producción en dicha planta. Se comenta que se hará una convocatoria para que se apunte todo el personal que le pueda interesar y de manera voluntaria.

5. Mantenimiento:

Se aplicará política de reducción de costes y se realizará mto. Preventivo en maquinarias en ambas naves por la noche, además de adecuar elementos de seguridad y cambiar las claraboyas para que entre más luz natural.

6. Ampliación de capital, y ayudas sollicitadas a industria:

Sobre la ampliación de capital y nos informan de que se ha hecho efectiva por parte de la familia Bonet (5,8 millones de €). Tambien se le pregunta si se ha pedido alguna nueva ayuda a industria y nos dicen que no.

7. Conflilcto Julio, denuncias y juicios pendientes:

Se pregunta a la dirección de RR.HH. cual va a ser la postura de la empresa en las causas pendientes derivadas de las movilizaciones del mes de Julio, la empresa dice que va respetar lo pactado dicho mes y que no pedirá nada más de lo que pida el ministerio fiscal. Se le pide que se retiren las denuncias, a lo que el director de recursos humanos dice que no.

martes, 16 de febrero de 2010

COMO CONSULTAR LA PRESTACION DEL INEM


www.redtrabaja.es


Picar arriba a la derecha en Comunidad Autónoma


Catalunya

Pestaña de Trabajo

Pestaña de Prestaciones

Pestaña de Consulta tu prestación

Picar en Datos de contraste

En Datos de Contraste, Introducir el NIF, el Digito de control de la cuenta en la que ingresan la prestación y por ultimo la fecha de solicitud que la encontrareis en la parte de arriba del aviso que mandan a casa. A partir del 25 de cada mes podreis ver los datos del cobro del dia 10.

viernes, 12 de febrero de 2010

NUESTRO MAS SENTIDO PESAME

la sección sindical de UGT quiere expresar su mas sentido pesame a nuestro compañero
Juan Carlos Lao Gomez por el fallecimiento de su hija

en nombre de sus compañeros, un fuerte abrazo para el y su familia

miércoles, 10 de febrero de 2010

JUICIO 8/02/10

El Juicio que se relazaba hoy contra 5 trabajadores de Estampaciones Sabadell, con falsos testimonios por parte de la empresa, tras el proceso de retirada de 223 despidos (Julio 2009 ). Por injurias, insultos y maltrato de obra, queda desestimado por el Juez de Instrucción ,tras la no comparecía de la parte denunciante(estando en los Juzgados Presentes).
La primera propuesta de la empresa en los Juzgados, ha sido la aceptación de los denunciados de una multa de 100 euros aprx individuales , por insultos e injurias.
La rotunda negativa de los trabajadores denunciados , por dignidad y no aceptar falsos testimonios, lleva a la empresa a la no comparecencia en la vista ante EL JUEZ DE
INSTRUCCIÓN.
La presión de la plantilla por responsabilidad, con los compañeros agredidos y las deleznables acusaciones de La Direc de RRHH, han llevado a la empresa a la no comparecencia; y por cosiguiente:la no entada a la vista de la causa.
Agradecemos a los trabajadores metalurgicos de otras empresas, el apoyo mostrado; a las/os Regidores municipales, clase politica, y estructuras sindicales que asistieron a la concentración en los Juzgados de Eix Macia. Sabadell
La firmeza en las posiciones responsables y dignas, junto a la unidad de las/os trabajadores, pone freno a las agresiones; a la Represion empresarial contra la clase trabajadora.

REUNION 9/02/10

En la reunión mantenida en el día de ayer con la dirección general y la de RR.HH., se han tratado los siguientes puntos:
1. Comisión de seguimiento ERE: Se ha constituido la comisión y esta empezará a funcionar el próximo jueves en su primera reunión.

2. Nóminas (problemas y retrasos): Se ha manifestado por parte del comité el malestar de la plantilla por los problemas derivados del cobro de las nóminas y los errores que aparecen en las mismas, estos errores que afectan a los trabajadores se han de solucionar de una forma eficiente y rápida, dado el desgaste de la situación económica de la plantilla.

3. Fondo social: Se le traslada a la empresa que se ha de empezar a trabajar en el fondo social, la empresa argumenta que primero debemos abordar el tema de los ceses voluntarios con retorno, que en estos momentos es lo prioritario y que en cuanto cerremos esa negociación podremos tratar el tema del fondo social y su nueva reglamentación.

4. CR04: El comité muestra su indignación por la falta de información en el tema del traslado de la maquinaria de la CR04 de fase 2, ya que nos hemos tenido que enterar por compañeros del taller. La empresa nos comenta que el traslado será de maquinaria actualmente parada a la planta de Chequia para realizar un proyecto de Ford en Alemania y que quieren aprovechar esta maquinaria para no tener que realizar una inversión adicional. Se nos confirma el nuevo proyecto de Volvo que empezará a producir en un plazo de unos tres meses, se estima una producción de 30.000 vehículos anuales, este proyecto supondrá estampación, ensamblaje y planchisteria. Quedamos emplazados para el jueves a las 9:00 horas para la presentación de dicho proyecto y su incidencia.

5. 50 Ceses con retorno: La empresa nos presenta una propuesta la cual ha de ser llevada a nuestros asesores y si no hay objeciones se presentará a la plantilla. Siempre se habla en estos ceses que son de forma voluntaria. También paralelamente se mejoran algunos puntos del plan social donde se añade una reducción de jornada de 2 horas.

Bueno esto es a grandes rasgos lo tratado, se adjunta las propuesta de mejora del plan social



ACUERDO MEJORA PLAN SOCIAL




1 PREJUBILACIONES: Estudios Adicionales.


1.1 Los trabajadores que voluntariamente se adhieran a este plan se incorporaran al paro como máximo a los 61 años y una vez se hayan recuperado los 24 meses de prestación por desempleo.

1.2 Entran en el presente plan los trabajadores que ha fecha de hoy tienen 55 o más años o cumplen 55 años durante la vigencia del ERE 276/09 y se adhieran voluntariamente.


1.3 La empresa garantizará en su momento la diferencia entre la prestación por desempleo y el 100% del salario neto con un coste máximo de 36000€ por trabajador adherido con 61 o más años.

1.4 La empresa durante los próximos 18 meses analizará la posibilidad de adelantar la fecha de prejubilación a personas con 59 o 60 años realizando una mayor aportación económica.


2 ICAM

2.1 La empresa en los siguientes 24 meses a la firma del presente pacto dará soporte a todos aquellos trabajadores que presentes sus tramites en el CRAM.

2.2 Para todos aquellos que lleguen hasta la aprobación del INSS y se les declare la incapacidad permanente parcial o total, la empresa incentivará con 19.000€ al trabajador en su salida y tramitará la indemnización del seguro colectivo establecida en el Acuerdo de Mejora de Convenio 2007 - 2012.



3 REDUCCIÓN DE JORNADA.

3.1 La empresa facilitará reducciones de jornada, de manera proporcional pero incentivada a aquellos trabajadores que lo soliciten y no ocasionen serias dificultades en su trabajo, sobre la base del siguiente escalado.

3.2 Reducción de 2 horas de la jornada laboral, sin modificación del contrato de trabajo, se entendería como permisos no retribuidos sin posibilidad de sancionar al trabajador por parte de la empresa.

3.3 El trabajador podrá elegir turno de trabajo.

3.4 Con la antelación mínima de un mes el trabajador podrá avisar a la empresa de su reincorporación a jornada completa, a la cual la empresa no podrá oponerse.

3.5 Las personas que se acojan a las reducciones de jornada solo podrán verse afectados 1 día a la semana por cualquier expediente de regulación de suspención de empleo y se compensará ese día hasta el 96,5 del salario bruto reducido proporcionalmente.


Las personas interesadas en este plan tendrán que hacerlo antes del día 12 de marzo del 2010

domingo, 7 de febrero de 2010

INFORMACION

La empresa informo el viernes que el ingreso de la nomina se habia realizado, tambien informamos que tras los rumores de la salida de la CR 4 de Fase II hacia la Rep. Cheka este lunes 8 de febrero, el Comite, tras conversaciones con la direccion lo desmiente, aunque hay por parte de la direccion intencion de trasladarla durante el mes de marzo, este hecho hace desconvocar la realizacion prevista de turnos de vigilancia en las puertas de la fabrica anunciados para este fin de semana aunque pone de manifiesto la doble moral de la direccion de querer ir "de buen rollo" y despues si puede te la hace.

Os recordamos que el lunes 8 de febrero se celebra en los juzgados de sabadell el juicio a nuestros compañeros por los hechos acaeicidos en el conflicto de julio y que quien quiera puede acompañarlos en señal de apoyo

miércoles, 3 de febrero de 2010

Queremos manifestar nuestra mas enérgica repulsa ante las agresiones que han sufrido varios compañeros nuestros en referencia al conflicto sucedido el pasado mes de julio, estos compañeros, miembros del Comité de Empresa, afiliados de diferentes sindicatos y componentes de Secciones Sindicales que junto con otros trabajadores actuaron en defensa de la mayor agresión social de la historia de esta Compañía

ERE DE EXTINCION DE 223 TRABAJADORES

Esta maniobra, malintencionada, tampoco quedara impune, no podemos permitir que por defender nuestros puestos de trabajo la Dirección de RRHH intente pagar su irresponsable acción con un grupo de compañeros

Por ello informamos que el proximo lunes 8 de febrero se celebrara el juicio en contra de nuestros compañeros y que todo aquel que quiera puede asistir en su apoyo a las 11.45 h en la puerta de los Juzgados de Sabadell.